jueves, 31 de marzo de 2011

ADULTERIO.

El adulterio (del latín adulterium), en su acepción más usada, se refiere a la unión sexual de dos personas cuando uno o ambos están casados con otra persona.
A través de los siglos, en diversas culturas, el adulterio ha sido moralmente censurado y hasta penado, considerándoselo un delito, pero esto no ha impedido que muchas personas lo practiquen. Tradicionalmente, ha sido más tolerado y socialmente aceptado en los hombres que en las mujeres, las cuales, según la época o la nación en la cual hayan vivido, han sido severamente reprimidas, incluida la pena capital, ya fuera que se demostrara o no su culpabilidad.

-DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA  RELIGIÒN.

Si se está casado, y mientras lo está, se tiene relaciones sexuales con otra persona, se está cometiendo adulterio. Hay quienes creen que, en la caracterización anterior, se da un sentido amplio a "relaciones sexuales". Bajo dicha creencia, cometer adulterio no sólo incluye la comisión carnal del acto sexual con una persona diferente al esposo o la esposa, sino que se comete hasta con mirar y desear a una persona que no sea el cónyuge. "Si estando casado, miras a una mujer la primera vez, estás usando el sentido de la vista. Si la miras una segunda vez, estás permitiendo ser tentado. Si la miras una tercera vez, has abierto tu corazón al pecado. Más allá de esta tercera vez, es definitivamente pecado."
Pero no solo eso es adulterio. Adulterar significa cambiar el estado natural (o estado actual) de las cosas. Por ejemplo, se adulteran las plantas, se adulteran los animales, se adulteran los alimentos, etc.

-REGULARIZACION POR PAÌS.

  • En México el adulterio fue despenalizado el 24 de marzo de 2011.
  • En Chile el adulterio no está penado.
  • En Argentina el adulterio estaba penado por el art. 118 del Código Penal, pero fue derogado por ley 24.453 de 1995. Sin embargo, es causa de separación personal y divorcio, según los artículos 202 y 214 del Código Civil
  • En Puerto Rico el adulterio está penado por el artículo 130 del Código Penal de 2004 y es clasificado como delito menos grave (multa o cárcel hasta 90 días). Hay que señalar que nunca se ha llevado un procedimiento criminal por el delito de adulterio. También figura en el Código Civil como una causa de divorcio.
  • En Perú el adulterio no está penado.
  • En España el adulterio fue despenalizado el 19 de febrero de 1978.
En algunos países para que se configure el delito de adulterio éste debe ser cometido en el hogar conyugal o con escándalo, lo que se traduce en una carga que complica más la prueba.
Muchos juristas sostienen que no debería ser considerado como un delito, sino como un incumplimiento del contrato matrimonial, que puede ser motivo de divorcio.

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